El daño arqueológico en Nívar queda impune porque aún no era yacimiento

16/9/10 .- http://www.granadahoy.com/

El juez de Penal 3 rechaza que el alcalde prevaricase y lo absuelve también de los destrozos irreparables que la pala excavadora causó a varias tumbas, silos y muros

"No ha quedado suficientemente acreditado que los acusados, o alguno de ellos, supieran o conocieran, no ya que actuaran en un yacimiento arqueológico, sino tampoco que durante las obras aparecieran restos que, a la postre y como consecuencia de las ulteriores intervenciones arqueológicas, resultaron tener un gran valor arqueológico". Tajantes reflexiones como ésta acompañan al fallo absolutorio dictado por el juez de Penal 3, Antonio Aguilera, tras enjuiciar los graves daños que se causaron, hace tres años, durante unas obras de urbanización, en la zona arqueológica de El Castillejo, situado en el paraje Peña Bartolo de Nívar.

En la causa había cuatro acusados, entre los que figuraba el alcalde del municipio, Juan Antonio Molero (Agrupación Nivera Independiente), y a los que se atribuía la comisión de posibles delitos de prevaricación y daños al patrimonio histórico. Pero el juez, aunque reconoce la gravedad de los destrozos arqueológicos causados en el enclave, no ha apreciado ilegalidad alguna en la conducta de los encausados. Entre otras razones, porque aquellos terrenos figuraban como suelo urbanizable en las normas subsidiarias del municipio y no contaban (como recalca en varios párrafos de su resolución) con ninguna especial protección, ya que en las fechas en que comenzaron las obras -principios de 2007- se desconocía todavía que allí valiosos restos arqueológicos. De hecho, no se acordó inscribir el lugar como Bien de Interés Cultural (BIC) en el catálogo general de Patrimonio Histórico Andaluz hasta noviembre de 2008.

Y es que la zona en la que se causaron los destrozos, en las fechas en que la pala excavadora comenzó a realizar los trabajos de desmonte para la construcción de dos viales, no era oficialmente todavía un yacimiento. Sí tenía protección legal la estructura defensiva de El Castillejo, al ser considerada monumento, pero como subraya el juez, no consta que ésta sufriera daño alguno.

El magistrado descarta así que Molero y el resto de encausados actuasen con negligencia o que omitieran deber alguno o diligencia de cuidado, "pues todos ellos estaban en la creencia de que no había impedimento legal para la ejecución de las obras". Es por ello que no pidieron a la Consejería de Cultura autorización, la cual, al no ser una zona protegida, "no era necesaria ni preceptiva". Para el juez, tampoco consta "fehacientemente" que los acusados tuvieran conocimiento de los restos aparecidos ni de su valor histórico y arqueológico.

Molero se enfrentaba a 8 años de inhabilitación, 2 de prisión y a una multa de 10.800 euros. Además la Fiscalía reclamaba que pagara, junto a los demás acusados, casi un millón de euros de indemnización, a fin de que ese dinero se invirtiera en restaurar el yacimiento.

Los otros tres acusados absueltos, que compartieron banquillo con el alcalde en el juicio, son J. A. F. P. (propietario y promotor privado de las obras de urbanización), M. G. J. (contratista de los trabajos de explanación y desmonte) y J. B. H. (conductor de la pala retroexcavadora).

Cuarenta elementos arqueológicos resultaron afectados por las tareas de desmonte, principalmente estructuras funerarias, silos y muros. "Lo que ha supuesto -admite el fallo- una grave pérdida de información arqueológica y una alteración de la visión del yacimiento desde el punto de vista paisajístico".

El juez valora el hecho de que las obras se paralizasen inmediatamente: resalta que tras conocer el hallazgo de restos el Ayuntamiento de Nívar respondiera "con una celeridad impresionante". Asimismo, destaca que desde el primer momento hubiera esa "actitud de colaboración" también por parte de la promotora de la actuación, que ha costeado la intervención arqueológica llevada a cabo con posterioridad por el arqueólogo Miguel Jiménez Puertas. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia.

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