El Gobierno de Navarra aprueba el proyecto de ley del Patrimonio Cultural de Navarra

18/6/05 .- Diario de Navarra/Agencias



La ley foral ofrece una protección general sobre estos bienes y garantiza su fomento, acceso a su disfrute y valoración


El Gobierno de Navarra ha aprobado el proyecto de ley del Patrimonio Cultural, que actualiza las competencias de la Comunidad Foral, en coordinación con el Estado, en materia de defensa, conservación y difusión del patrimonio arquitectónico e histórico, y las competencias exclusivas sobre archivos, bibliotecas, museos y otros centros de depósito cultural.

El proyecto tiene 112 artículos, distribuidos en siete títulos, dos disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales, explicó en conferencia de prensa el consejero de Cultura del Gobierno de Navarra, Juan Ramón Corpas.

En concreto, el proyecto define que el patrimonio cultural está formado por los bienes muebles, inmuebles e inmateriales, de valor artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, etnológico, documental, bibliográfico, industrial o de cualquier otra naturaleza cultural, existentes en el territorio de Navarra o, fuera de él, que sean de interés para la Comunidad Foral.

La ley foral ofrece una protección general sobre estos bienes y garantiza su fomento, acceso a su disfrute y valoración, en colaboración con otras administraciones y con los titulares de los bienes, según los casos.

El Gobierno de Navarra tiene competencias en la conservación, registro, inspección y divulgación de los bienes del patrimonio cultural, y de adopción de medidas cautelares que incluyen la expropiación forzosa, en su caso, aunque la ley contempla estas actuaciones también para las entidades locales, en su ámbito de competencia, así como la colaboración con la iglesia católica y los particulares que sean titulares de los bienes.

Los bienes objeto de especial protección se clasifican, por orden de importancia, en bienes de interés cultural, bienes inventariados y bienes de relevancia local.

Los bienes inmuebles de interés cultural pueden ser monumentos, conjuntos históricos, sitios históricos, zona arqueológica, jardín histórico, paisaje cultural y vía histórica, estos dos últimos de nueva creación en relación a la normativa estatal por la que se regía este ámbito hasta ahora.

El proyecto crea el Registro de Bienes del Patrimonio Cultural de Navarra, bajo competencia del Gobierno Foral, donde deberán inscribirse los bienes de Interés Cultural, bienes Inventariados y bienes de Relevancia Local.

El patrimonio arqueológico se establecerá en un inventario propio, en cuya elaboración están obligados a cooperar los titulares de los terrenos donde se encuentren yacimientos y restos.

El Gobierno podrá delimitar «áreas arqueológicas de cautela» donde haya indicios o noticias de la existencia de un yacimiento. Son ilícitas las intervenciones, remociones de tierra y otras obras realizadas por particulares sin permiso.

Por su parte, sobre el patrimonio etnológico, que es el formado por bienes referidos a la sociedad tradicional, la ley especifica que serán objeto de inventario y de especial protección los espacios que cobijen artefactos preindustriales o sean representativos de esta actividad.

En especial, se prohíbe la destrucción de maquinaria industrial anterior a 1900, salvo por razones de fuerza mayor y con autorización expresa del Gobierno de Navarra.

Por otro lado, el proyecto prohíbe la destrucción de cualquier documento público considerado del patrimonio documental de Navarra, salvo resolución del órgano competente, y los particulares están obligados a protegerlos y conservarlos, facilitar su inspección y permitir su uso para investigación y difusión cultural.

El consejero, quien afirmó que se espera aprobar este proyecto en el Parlamento Foral en el próximo otoño, subrayó que con esta iniciativa se pretende «llenar el vacío legal» que existía en Navarra.

Noticias relacionadas

Comenta la noticia desde Facebook

Comentarios

No hay comentarios.