Ratifican una multa al Concello por una obra en la calzada medieval de Sar

9/10/09 .- http://www.lavozdegalicia.es

Fue sancionado con 15.000 euros por aprobar un proyecto de urbanización sin informar a Patrimonio

El Tribunal Contencioso-Administrativo número 1 de Santiago ratificó la multa impuesta al Ayuntamiento por la Cirección Xeral de Patrimonio Cultural en septiembre del 2007 «como responsable da comisión dunha infracción administrativa de carácter leve en materia de protección do patrimonio cultural». Esta infracción se refiere a la aprobación del Proyecto de Urbanización UX-13 Calzada de Sar «sen contar coa preceptiva autorización da Consellería de Cultura» y tras detectarse posibles daños sobre dicha calzada. La sentencia fue emitida el pasado 1 de septiembre y el Concello recurrió al Tribunal Superior de Xustiza, según recoge la propuesta de la alcaldía del 16 de septiembre. Aunque la sentencia no admite recurso, el Concello considera que es factible al ser un litigio entre administraciones. La sanción impuesta es de 15.000 euros.
La historia de esta infracción data de enero del 2005, cuando el servicio de vigilancia e inspección de Patrimonio remite un escrito al Ayuntamiento para que adopte «medidas de protección do patrimonio cultural en relación coa construcción dunha beirarrúa enriba da Calzada de Sar». Cinco días después, la arqueóloga municipal emite un informe en el que se advierte de la «colocación dunha soleira de formigón e unha canle de drenaxe enriba da calzada medieval». Entonces se indica que la ocupación no está prevista en el proyecto de urbanización aprobado en octubre del 2003.
El promotor privado de esta urbanización residencial que linda con la calzada alega que la obra es acorde con el proyecto. Todo el expediente es remitido a la Consellería de Cultura y en él se dice que «nesta área, colocouse unha soleira de formigón así como unha canle de drenaxe por riba da calzada medieval, cubrindo as lousas que configuraban o bordo do camiño histórico e parte da súa pavimentación».

Informe favorable

El Concello considera que debe «desmontarse as estructuras e demais elementos construídos sobre a calzada». El promotor insiste en que la obra se corresponde con el proyecto aprobado por el Ayuntamiento y dice que «se tivo especial atención para a construcción da beirarrúa en non tocar unha soa das pedras da Calzada de Sar».
En noviembre del 2005, la Dirección Xeral de Patrimonio informa desfavorablemente la legalización de las obras «xa realizadas, por estar a beirarrúa inmediatamente pegada ao empedrado da calzada».
Unos meses después, en abril del 2006, el promotor remitió a la consellería un informe favorable del Concello (emitido un mes antes) para la recepción de las obras. La Dirección Xeral falla otra vez desfavorablemente al considerar que «non hai elementos para afirmar que a beirarrúa fora construída sobre a calzada, pero si sobre o seu entorno inmediato, e asemade, esta intervención e a canle de drenaxe fixéronse sen control arqueolóxico». Insiste la Dirección Xeral en que el Concello actuó sin autorización de la consellería.
El Concello, por su parte, sostiene en su recurso ante el Contencioso que «el proyecto de urbanización de la UX-13 Calzada de Sar, no constituye una figura de planeamiento urbanístico», por lo que no tendría que solicitarse autorización de Patrimonio. Además, asegura que el proyecto «no constituía un riesgo de destrucción o deterioro de la calzada medieval de Sar, ya que no preveía la ocupación de la misma». La sentencia alude también a un segundo informe arqueológico del Concello según el cual «la obra ejecutada se adaptaba a los límites irregulares y ya alterados de la vía medieval, por lo que no solo no existía riesgo de causar un daño, sino que éste no se produjo».

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