Cultura incoa la declaración de entorno de 8 torres y 3 castillos de Granada
14/1/05 .- granadadigital
La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de la Junta aprobó hoy incoar la declaración de entorno de ocho torres vigías y tres castillos costeros de Granada catalogados como Bien de Interés Cultural, con la intención de ampliar el espacio que los circunda para evitar la presión urbanística.
Los castillos son los de Castell de Ferro, del siglo XVI, y los de Carchuna y La Mamola, ambos del siglo XVIII, informó la Junta.
Las atalayas previstas en la propuesta son las de la Punta de la Mona en La Herradura, del siglo XVI; Cerro Gordo en Almuñécar, del mismo siglo; la de Torrenueva, del XVIII; la de Carchuna, del XVI; la de Castell de Ferro, también del siglo XVI, y la de La Mamola, realizada también en ese siglo.
La declaración de entorno es una figura de protección prevista en la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español que prevé la delimitación de entorno de diversos bienes, en este caso pertenecientes a la arquitectura defensiva, y que la Dirección General de Bienes Culturales de la Junta tiene entre sus prioridades, ya que entiende la protección con un carácter más amplio que el edificio.
Con la declaración de entorno pretende evitar la presión urbanística o la colocación de elementos que perturben su visualización y que la Ley de Patrimonio prohíbe como antenas, cableado o construcciones de diversa índole que están permitidas por las respectivas normativas urbanísticas y la Ley de Costas.
Los castillos son los de Castell de Ferro, del siglo XVI, y los de Carchuna y La Mamola, ambos del siglo XVIII, informó la Junta.
Las atalayas previstas en la propuesta son las de la Punta de la Mona en La Herradura, del siglo XVI; Cerro Gordo en Almuñécar, del mismo siglo; la de Torrenueva, del XVIII; la de Carchuna, del XVI; la de Castell de Ferro, también del siglo XVI, y la de La Mamola, realizada también en ese siglo.
La declaración de entorno es una figura de protección prevista en la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español que prevé la delimitación de entorno de diversos bienes, en este caso pertenecientes a la arquitectura defensiva, y que la Dirección General de Bienes Culturales de la Junta tiene entre sus prioridades, ya que entiende la protección con un carácter más amplio que el edificio.
Con la declaración de entorno pretende evitar la presión urbanística o la colocación de elementos que perturben su visualización y que la Ley de Patrimonio prohíbe como antenas, cableado o construcciones de diversa índole que están permitidas por las respectivas normativas urbanísticas y la Ley de Costas.
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