Parcelistas ilegales de Medina Azahara dicen estar amparados por la LOUA y tener derecho a servicios

15/11/07 .- http://www.europapress.es

Córdoba.- Parcelistas ilegales de Medina Azahara dicen estar amparados por la LOUA y tener derecho a servicios básicos

Los parcelistas ilegales del entorno de Medina Azahara afirmaron hoy estar amparados por la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y por la Constitución Española, teniendo derecho a disponer de servicios básicos (agua y alcantarillado), y sin que sea ya posible prodecer legalmente contra sus viviendas, construidas contraviniendo la normativa urbanística.

A través de un comunicado que firma el presidente de la Asociación de Vecinos Las Pitas, Juan Carlos Montero, los parcelistas ilegales reaccionan así al informe emitido por Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos), ONG que asesora en materia de patrimonio histórico, cultural y natural a la Unesco, y que cree "prioritario y urgente restituir la legalidad urbanística" en el entorno protegido del citado conjunto arqueológico califal del siglo X.

Frente a esto, Montero recordó que fueron estos parcelistas "los que en el año 2001 solicitaron por escrito, tanto a la Administración local como autonómica, reunirse para intentar posibles soluciones a un problema no existente, que tenía todas las visas de producirse", por la ampliación de la zona declarada Bien de Interés Cultural (BIC) que rodea a Medina Azahara.

Precisamente, Montero destacó que hoy se les ha dicho a los parcelistas ilegales desde la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz que, "tras esperar ésta varios meses el informe de la Consejería de Cultura respecto a la queja presentada por las asociaciones de vecinos afectadas por la ampliación del BIC, se nos informa que en breve será comunicada una resolución a las partes afectadas".

Entre tanto, los parcelistas ilegales argumentaron que, "en nuestro Estado de Derecho y con la legalidad vigente, según la Disposición Adicional Primera de la LOUA, y atendiendo a los artículos 46 y 47 de la Constitución Española, los ciudadanos que residimos en el entorno (de Medina Azahara) tenemos derecho a unos servicios mínimos, para garantizar la salubridad y habitabilidad de nuestros hogares".

De igual forma, según el presidente de la asociación vecinal de Las Pitas, "aplicando las leyes vigentes, el plazo de persecución y restablecimiento de la legalidad a las viviendas objeto de este informe (de Icomos) es de cuatro años desde su construcción, quedando posteriormente fuera de ordenación".

A ello se suma que "el informe del Icomos comete el mismo error que la Delegación de Cultura (de la Junta en Córdoba) cuando olvida que las obras fueron realizadas cuando el suelo estaba clasificado como suelo no urbanizable común y no como suelo especialmente protegido".

En cambio, para los parcelistas ilegales de la urbanización de Las Pitas, el informe de Icomos sí que debe tenerse en cuenta respecto a que aconseja que "los intereses privados (los de los parcelistas ilegales) han de conocerse, evaluarse y salvaguardarse en todo aquello que no vulnere la legalidad urbanística y patrimonial vigente" y darles participación en la salida negociada al problema.

Sin embargo, junto a ello, el informe de Icomos también alude a los parcelistas ilegales al pedir a la Junta de Andalucía "que se controle mejor y se impida la incorporación de los servicios básicos a través de actitudes y acciones serias y contundentes, conminando a que los ayuntamientos", como el de Córdoba, "no surtan del servicio de agua y alcantarillado, y a las compañías eléctricas, para que no faciliten enganches a sus redes", y es que, según Icomos, "los valores públicos que defiende el urbanismo democrático, especialmente en el ámbito espacial de bienes culturales excepcionales, debe primar sobre los intereses privados".

En consecuencia, para la ONG asesora de la Unesco, "se debe resolver el conflicto, pero no premiar a las personas que actúan al margen de la legalidad y normativa urbanística, como sucede a menudo ante las denominadas situaciones consumadas. Las personas que edificaron de forma irregular no pueden ampararse en que se trate de un proceso antiguo o de falta de transparencia municipal".

Noticias relacionadas

Comenta la noticia desde Facebook

Comentarios

No hay comentarios.