La nueva Ley de Patrimonio Histórico combatirá la contaminación visual de los monumentos

3/5/07 .- www.artesacro.org

El proyecto, que sustituirá a la normativa vigente desde 1991, ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno ha aprobado recientemente el proyecto de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, que sustituirá a la normativa vigente desde 1991. Como principales novedades, el texto unifica las regulaciones estatal y autonómica sobre la materia, simplifica las actuales figuras de protección, establece medidas de defensa frente a la llamada contaminación visual de los monumentos y adecua sus disposiciones a la legislación urbanística y medioambiental aprobada en los últimos años, especialmente la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

El proyecto integra en un único catálogo general tanto las dos figuras de protección estatales (Bienes de Interés Cultural y Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español) como las dos autonómicas (Bienes de Catalogación Genérica y Bienes de Catalogación Específica). Estas últimas se unifican en una sola categoría, denominada de Catalogación General.

Como complemento a este catálogo general, el texto incorpora también la creación del Inventario General de Bienes Reconocidos del Patrimonio Histórico Andaluz, donde se incluirán aquellos de menor entidad para su protección. Los bienes inmuebles de este inventario deberán quedar recogidos también por los ayuntamientos en sus catálogos urbanísticos.

Para las intervenciones u obras que afecten a los bienes declarados de interés cultural se exigirá autorización administrativa, mientras que las de las restantes figuras tan sólo requerirán de comunicación previa, sin perjuicio de que la Consejería de Cultura pueda proponer medidas correctoras.

La consejera de Cultura, Rosa Torres, explicó tras la reunión del Consejo de Gobierno que junto a las figuras tradicionales de clasificación se instituye también la nueva categoría de Zona Patrimonial, a través de la cual se protegerán aquellos lugares que reúnan, en conexión con sus valores paisajísticos y ambientales, bienes de distinta naturaleza y cronología. Estas zonas serán gestionadas por un órgano específico, denominado Parque Cultural, con la participación de administraciones y agentes sociales y económicos implicados.

"En materia de protección, la principal novedad consiste en la introducción de disposiciones para evitar el impacto visual negativo que sobre el patrimonio pueden producir elementos como antenas, rótulos publicitarios, equipos de mobiliario urbano o instalaciones de energía y telecomunicaciones", indicó Torres. La colocación de estos elementos estará por primera vez sometida a la autorización de la Administración cultural de la Junta. Además, los ayuntamientos que cuenten con inmuebles declarados bienes de interés cultural estarán obligados a recoger en sus ordenanzas medidas para evitar la contaminación visual en los monumentos y sus entornos.

En la misma línea de salvaguardar los valores paisajísticos, la futura ley establecerá la creación de entornos de protección cautelares para todos aquellos inmuebles que no cuentan con esta delimitación, por no exigirlo así la norma vigente en el momento de su declaración. Esta medida beneficiará especialmente a los castillos y a los edificios que fueron declarados en su día monumentos históricos-artísticos.

Urbanismo y medio ambiente

Respecto a la coordinación con el resto de la normativa, el proyecto de ley introduce el requerimiento de un informe de la Consejería de Cultura tanto para los diferentes instrumentos de ordenación urbanística como para los procedimientos de prevención ambiental cuando afecten a bienes del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por otro lado, y en sintonía con la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, se refuerza la seguridad jurídica en relación con las actividades arqueológicas previas a las obras de construcción de edificios, que figuran entre las obligaciones de los promotores. De este modo, se incorpora la exigencia, actualmente recogida tan sólo en normas de rango menor, de que las excavaciones alcancen el mismo nivel del subsuelo al que llegue la obra. Por su parte, la Administración cultural podrá ampliar a su costa la actividad arqueológica por razones de protección o interés científico.

Con el fin de extremar al máximo las cautelas contra los expolios, el carácter de dominio público se extenderá a todos los bienes del patrimonio arqueológico, incluidos los encontrados antes de la entrada en vigor de la ley. Además, quedará sujeto a autorización el uso de aparatos que permitan la localización de restos.

En materia sancionadora se concreta la obligación de reparación del daño causado en los supuestos de demoliciones no autorizadas. Como principal novedad, el deber de reconstrucción no podrá implicar la obtención de una edificabilidad mayor que la del inmueble demolido.

Finalmente, el proyecto actualiza las cuantías de las sanciones, que podrán alcanzar el millón de euros en casos de infracciones muy graves, e incluso más si esta cantidad resulta inferior al beneficio obtenido por el infractor. Además, se establecen nuevas sanciones accesorias, entre las que destaca la inhabilitación para el ejercicio profesional en trabajos relacionados con la Administración cultural.

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Comentarios

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ley


A mi muy discreto modo de ver este asunto, creo que la aprobación en consejo de gobierno de la futura Ley de Patrimonio es un dato de especial relevancia para el futuro del patrimonio histórico en Andalucía y, por supuesto, para el patrimonio arqueológico.
Se incluyen aspectos nuevos que proporcionan nuevas perspectivas de protección y que pueden incidir de forma muy positiva en nuestro trabajo y creo que no sería gratuito que desde el grupo de investigación se dedicara algún esfuerzo a comentar o debatir sobre esta futura ley
Comentario realizado por Juan Cañavate. 3/5/07 11:59h