Firmas por la publicación del Anuario Arqueológico de Andalucía entre 2007-2013

11/3/14

El Anuario Arqueológico de Andalucía se crea para la publicación de los resúmenes científicos correspondientes a todas las Actividades Arqueológicas de Andalucía autorizadas por la propia Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía. En palabras de la propia Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (que pueden consultarse en http://www.juntadeandalucia.es/culturaydeporte/web/areas/bbcc/texto/277570d9-5b89-11e0-8675-000ae4865a05) se define al Anuario Arqueológico de Andalucía como "una publicación de la Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas que deriva de la regulación normativa que obliga a publicar todas las actividades arqueológicas que se realizan en la Comunidad Autónoma". La redacción y publicación de los resúmenes científicos queda fijada por el Reglamento de Actividades Arqueológicas de Andalucía de 2003 que en su artículo 34 “Memoria de la actividad arqueológica” punto 1, indica “La dirección de toda clase de actividad arqueológica deberá presentar… Igualmente se adjuntará a esta memoria un breve resumen de la misma con objeto de su publicación por la Consejería de Cultura”.

Con ello la redacción y entrega del resumen científico queda fijada como de obligado cumplimiento por parte de la dirección arqueológica, pero a su vez queda fijada la obligación de su publicación por parte de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

El no entregar dicho resumen científico por parte del director de cualquier clase de actividad arqueológica autorizada por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, implica de manera inmediata la imposibilidad de acceder a una nueva dirección arqueológica, inhabilitando la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía al demandante de una autorización de actividad arqueológica para el libre ejercicio de su profesión si no se ha entregado el citado resumen científico. Sin embargo la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía viene sistemáticamente desatendiendo sus obligaciones, obligaciones emanadas de su propia normativa, debido a que el último Anuario Arqueológico de Andalucía publicado es el correspondiente al año 2006. Ello nos lleva a que los correspondientes a los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 no han sido publicados tal y como es deber y obligación de la Administración de Educación, Cultura y Deporte, por lo que recordamos que el ser Administración Pública no exime del cumplimiento de lo indicado en el Reglamento Arqueológico de Andalucía, sino más bien al contrario obliga a su cumplimiento.

A su vez debemos indicar que esta desatención sistemática de los deberes y obligaciones por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, incide en la merma del conocimiento arqueológico, frenando con ello la investigación arqueo-histórica de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta situación choca a su vez con el artículo 22.1.b. del Reglamento de Actividades Arqueológicas de 2003 ya que se exige que los proyectos de Actividades Arqueológicas contemplen entre la documentación a aportar “b) Evaluación del potencial arqueológico del área en que se desarrollará la actividad arqueológica”. Dicho potencial en muchos casos se encuentra recogido en los propios Anuarios Arqueológicos de Andalucía, que al no estar publicados desde el correspondiente a 2006, impide al profesional o investigador estar actualizado y al corriente de los datos emanados de las actividades arqueológicas.

SOLICITA:


La inmediata publicación de todos los resúmenes científicos en sus correspondientes Anuarios Arqueológicos de Andalucía (años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013) por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, tal y como recoge la regulación normativa.

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